Rubén Romero Lozano: @rubenromeroloza

INTRODUCCIÓN

Los gobiernos del mundo han dicho que no se encontraban preparados para la pandemia producida por el COVID-19, pero, ¿por qué no se prepararon? ¿Hubo suficiente tiempo para evitar que se produjera una crisis nacional, regional y mundial? ¿Qué papel jugó el Gobierno de China al inicio de la epidemia?

Derechos humanos: ¿Cuál es su relación con la pandemia por COVID-19?

Cuando se habla de derechos humanos, solemos pensar en el derecho a la vida, a la salud, a la vivienda, al trabajo, a la libertad de expresión, al libre tránsito, entre otros de una larga lista, tan larga que muchas veces no reparamos en que los derechos humanos están relacionados con todas y cada una de las conductas humanas.

Las cartas de derechos constituyen el reconocimiento histórico que la comunidad internacional progresiva y paulatinamente ha ido dando a la importancia de la dignidad de todas las personas, misma que es previa a todo reconocimiento o cuerpo normativo, en tanto los derechos se han ido reconociendo e incorporando a las normas, tras luchas sociales que han dejado millones de muertes.

Justamente han sido las situaciones de crisis, como pandemias, hambrunas o conflictos armados, en las que los derechos humanos han trascendido. 

Dentro del imaginario colectivo, pasan de ser expectativas o peticiones,  pasan de ser palabras escritas en normas y códigos y se vuelven de pronto, claramente visibles.

En medio de la pandemia producida por el COVID-19, muchos estados con sistemas de salud privatizados o excluyentes se han convertido en sistemas públicos en la práctica, Hoy, ya casi nadie discute si el acceso universal a la salud o a servicios sanitarios es realmente un derecho, se hace obvio, patente, imprescindible.

El derecho a la salud se ha puesto en el foco principal de la comunidad internacional, de la prensa y de los análisis científicos, en tanto la estadística epidemiológica, incluyendo la cantidad de personas tratadas, curadas o fallecidas, la cantidad de camas disponibles, de unidades de cuidados intensivos, respiradores, etc., ya no son un tema secundario, sino la diferencia entre la vida y la muerte de millones de seres humanos. 

Entonces, es cuando surgen preguntas cómo: ¿por qué se hicieron recortes presupuestarios en el sector salud en tantos gobiernos, por qué tantas personas carecen de acceso a la atención médico-sanitaria, por qué no hay suficiente infraestructura o kits de atención, por qué los hospitales no disponen de suficientes insumos y personal?

Y este es el punto central de la discusión actual: los insumos, la cantidad de personal, el porcentaje del presupuesto destinado a la salud, son una responsabilidad incumplida o parcialmente incumplida por parte de los estados. 

¿Prepararse o mantenerse preparados?

La preparación ante epidemias no es un tema novedoso, no podemos decir que nos toma por sorpresa en 2020, por el contrario, se remonta casi 200 años atrás: a 1851. 

Desde ese año hasta 1938, se llevaron a cabo 14 conferencias para estandarizar las regulaciones internacionales para el establecimiento de cuarentena y el manejo sanitario de la peste, el cólera y la fiebre amarilla. En 1892, se adoptaron las primeras Convenciones Sanitarias Internacionales, que codifican los primeros acuerdos para la prevención de la propagación internacional de enfermedades infecciosas.[1]

Sin embargo casi doscientos años después, es decir,  hace unos 6 meses, en septiembre de 2019,  el informe de la  Junta de Vigilancia Mundial de la Preparación (GPMB por sus siglas en inglés), revisó las recomendaciones luego de la pandemia de influenza H1N1 2009 y el brote de ébola 2014-2016 e informó a los estados de lo grave que podría ser la próxima pandemia[2].

Obligaciones de los Estados

Entonces, ¿cuáles son las principales obligaciones de los estados?, ¿cuáles son las responsabilidades incumplidas?: respetar, proteger, garantizar y promover. Es decir, crear las capacidades reales, más allá de lo escrito en las normas y leyes, que en el caso del derecho a la salud, supone la generación de un sistema de salud que tenga tanto personal suficiente, como medicinas, demás insumos e instrumental y personal de apoyo médico y administrativo.

Y que si por alguna razón el sistema no cumple con estas características, el estado se movilice de manera inmediata y eficiente para brindar estas condiciones, es decir, que se materialice la provisión de bienes y servicios una vez ha surgido la situación que pone de manifiesto el incumplimiento de la primera obligación estatal, sin dilaciones y sin contra-argumentos. 

Así mismo,  la obligación de garantizar los derechos humanos incluye, además de los mencionados, otros tres aspectos más: la investigación de las violaciones a los derechos humanos producidas por el incumplimiento estatal, la sanción a las y los responsables de esas violaciones y la reparación del daño a las víctimas. 

Fuentes y referencias para la infografía sobre  COVID-19:


[1]  White, A. I. (2020). Historical linkages: epidemic threat, economic risk, and xenophobia. The Lancet. Recuperado de: https://www.thelancet.com/journals/lancet/article/PIIS0140-6736(20)30737-6/fulltext  

[2] Ver: Romero. R. (2020). Pandemia Coronavirus (COVID-19) y Derechos Humanos. Human Rights Institute for peace and freedom. Disponible en: https://forpeaceandfreedom.org/2020/03/18/pandemia-coronavirus-covid-19-y-derechos-humanos/